VERSUS – a favor: LGBTIQ+

Para nuestra primera edición de "Versus", dos de nuestros columnistas debaten sobre el tema LGBTIQ+. Aquí encontrarás la argumentación A FAVOR. 🔥

RECONOCER, VISIBILIZAR Y EMPODERARArgumentos hacia la inclusión jurídica de las personas LGBTIQ+ en Honduras

La lucha civil por los derechos LGBTIQ+ en el mundo ha tomado fuerza en décadas recientes, tanto por los países que se suman en su reconocimiento como en la amplitud del catálogo de sus libertades y garantías. En Honduras, la situación parece estar sujeta a una apatía legal, con controvertidas disposiciones constitucionales que han mantenido en jaque el progreso de esta causa.

Cuestionar los derechos y libertades de la población LGBTIQ+ significa cuestionarles como sujetos de derecho, hábiles de gozar de garantías propias para su igualdad ciudadana. Restringir su acceso igualitario a beneficios civiles no supone más que invisibilizar las necesidades jurídicas de una población vulnerable que existe y representa indisposición legislativa para proteger sus derechos humanos.

Honduras se ha caracterizado por una incertidumbre política tras sucesos históricos trascendentales que han polarizado el entramado social ciudadano. En años recientes y en numerosas instancias, se ha retomado el debate hacia el reconocimiento de derechos civiles y políticos de personas LGBTIQ+; sin embargo, más como una ambigua intención de servir como cortina de humo para escándalos políticos que para avanzar en la tutela de sus garantías constitucionales.

Como un país flagelado en su historia por fenómenos de corrupción, crimen organizado y subdesarrollo económico, los niveles críticos de subsistencia en Honduras se conjugan en instancias con entornos hostiles para ciudadanos diversos, prestándose como punto de partida para flujos migratorios hacia destinos extranjeros. Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la población LGBTIQ+ representa un perfil de riesgo entre solicitantes hondureños de asilo.

El primer argumento para demostrar que Honduras ha contravenido la inclusión jurídica de personas sexualmente diversas radica en el derecho internacional. La Constitución hondureña en su Artículo 15 asume y “[…] hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universal”. Igualmente, en el Artículo 18 señala que, de haber conflicto entre un tratado o convención y una ley, prevalece el primero.

Honduras, como sujeto de derecho internacional, integra el sistema interamericano y de las Naciones Unidas, organismos constituidos por principios regidores. Entre los principios constitutivos priman el respeto y la protección a los derechos humanos y la no discriminación por motivos de orientación sexual.

La unión civil entre personas del mismo sexo, también referida como matrimonio igualitario, tiene una base jurídica que navega más allá de la consigna de “amor es amor” y es respaldada por derechos civiles de propiedad, de sucesión y por beneficios y responsabilidades como autoridad para tomar decisiones médicas, restricciones financieras, seguro de salud, entre otros. Cuando esta serie de garantías son exclusivas de uniones heterosexuales, se convierten en privilegios.

El pleno legislativo, al no reconocer taxativamente esta unión civil entre personas del mismo sexo, da pie a una invisibilidad jurídica que priva sucesivamente a las personas LGBTIQ+ de otros derechos y beneficios. Este fenómeno es entendido como discriminación al coartarles de su acceso igualitario por motivos de orientación sexual; el cual contraviene a los tratados internacionales que Honduras como signatario está obligado a proteger y garantizar.

Entre los individuos accidentados por una legislación débil y carente de inclusión se encuentra la población trans, que no cuenta con una ley de identidad de género o el reconocimiento tras el proceso de transición. Esto impide a plenitud el bienestar de las personas transgénero en una sociedad estigmatizada en la cual ya se enfrentan a una esperanza de vida desoladora y alarmante de 35 años o menos, según estimaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La falta de una ley de identidad es también inconveniente para el desarrollo de sus derechos políticos, al no poder contender bajo el género con que se identifican ni con el nombre con que se reconocen.

La omisión de estos derechos es, de igual forma, contraproducente para el desarrollo socioeconómico de la población LGBTIQ+. Diversos referentes teóricos proponen que la inclusión de las personas diversas fortalece las economías, con el reconocimiento de sus derechos dando pie a la activación de industrias amigables a la diversidad sexual. Este empoderamiento permite a un segmento de la población alcanzar su potencial económico, dándole las aptitudes individuales requeridas para ser y hacer lo que considera provechoso.

Para 2019, el poder adquisitivo de los adultos LGBTIQ+ alrededor del mundo alcanzó 3.7 trillones de dólares según LGBT Capital. Estas cifras indican que el denominado pink money – en otras palabras, el poder adquisitivo de la población LGBTIQ+ – está potenciando segmentos pioneros de la industria. Los hallazgos recabados de más de 40 países, como Chile y México, que visibilizan y reconocen a sus ciudadanos LGBTIQ+ han demostrado que dar luz verde a derechos como uniones civiles igualitarias ha desembocado positivamente en la activación de servicios especializados por abogados, planeadores de eventos e incluso servicios turísticos.

Proyecciones del reporte de la iniciativa Open for Business para Costa Rica indican que tras la histórica decisión de legalizar las uniones civiles entre personas del mismo sexo en el país en 2020, se puede atraer industrias de alto valor y productividad, lo que podría traducirse en hasta un 1% de su Producto Interno Bruto.

Las sociedades inclusivas que visibilizan a sus ciudadanos diversos representan un caldo de cultivo para economías igual o más diversas, empoderando a sus ciudadanos a generar proyectos de vida autónomos y rentables según conveniencia.

En Honduras, el avance más significativo en materia de derechos de la población LGBTIQ+ ha sido en cuanto a leyes contra discriminación y crímenes de odio; estas se han encaminado a sancionar a los titulares de actos de discriminación y violencia por motivos de orientación sexual en entornos laborales, de prestación de servicios y en circunstancias generales. Si bien estas medidas representan una intención mínima en brindar protección, visibilizan más la hostilidad y no brindan más que una solución punitiva en lugar de poner en evidencia las deficiencias estructurales y culturales que llevan a acciones de violencia contra la población LGBTIQ+.

En un país como Honduras, donde entre 2009 y 2019 se contabilizaron aproximadamente 325 asesinatos hacia miembros de la comunidad LGBTIQ+ según el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, las leyes contra la discriminación y crímenes de odio alivian, metafóricamente, heridas de bala con curitas. Los altos niveles de impunidad aunados a una población constantemente vulnerada e invisibilizada no brindan un panorama esclarecedor. 

Como punto a destacar, la legislación contra la discriminación en sectores económicos representa un área de oportunidad hacia la productividad y competitividad de individuos diversos. Si bien las circunstancias sociales no han avanzado hacia una total aceptación, investigaciones han demostrado que políticas de tolerancia mejoran aspectos de compromiso, sentido de pertenencia y mayor satisfacción laboral en empleados LGBTIQ+. Considerando que la discriminación en sectores económicos genera debilitamiento mental, rendimiento reducido y pérdida de ingresos, este aspecto puede generar una mayor inserción social de individuos invisibilizados.

La lucha por los derechos de la población LGBTIQ+ tiene muchos matices, y esto solo representa la complejidad de las experiencias desventajosas que posee una demografía invisibilizada y estigmatizada en un país que no tiene la intención de generar los espacios de representación e igualdad jurídica hacia su pleno desarrollo integral.

Fomentar conciencia para el reconocimiento y la adopción de derechos para personas LGBTIQ+ es un deber que compete no solo a personas diversas, sino también a los aliados y a las organizaciones de sociedad civil, así como a otros actores cuya interacción trastoca las realidades de una población históricamente violentada. Es un deber ético fundamentado en el respeto, la tolerancia y la igualdad, y es propio de un agente de cambio promover la inclusión como motor para el desarrollo integral.

Cuestionar la legitimidad de estos derechos no es más que cuestionar la dignidad e igualdad inherentes a cada ser humano, y no resta importancia a la existencia y presencia de personas LGBTIQ+ en nuestros círculos.

Reconocer los derechos LGBTIQ+ crea visibilidad; la visibilidad normaliza y empodera, e individuos empoderados hacen de sociedades prósperas e innovadoras.


Nota: Las palabras contenidas en el presente artículo representan exclusivamente la opinión del autor. El Milenio es una organización no partidaria y sin afiliación ideológica.

Jose Francisco Paredes
Jose Francisco Paredes

José Francisco Paredes es Licenciado en Relaciones Internacionales con doble especialización en Diplomacia y Comercio Internacional por la Universidad Tecnológica Centroamericana (UNITEC). A sus 21 años, cuenta con diferentes certificados y acreditaciones de instituciones como la Organización de Estados Americanos (OEA), University of London, Universidad Nacional Autónoma de México, entre otras. Actualmente culmina su periodo como Director Nacional de Honduras en Students For Liberty y es Secretario Regional para San Pedro Sula en Honduran Young Arbitrators. Ha incursionado recientemente en observación electoral en Centroamérica y es investigador junior.

Articles: 0