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El actual auxilio fiscal extiende a las pequeñas y medianas empresas (que conserven a sus empleados) un periodo de gracia, para cumplir sus obligaciones tributarias del año fiscal 2019, hasta el 30 de junio de 2020. La posibilidad de acceder a un reconocimiento adicional del 10% de los salarios pagados durante la crisis como gasto deducible del Impuesto sobre la Renta (ISR) del año fiscal 2020 y una prórroga de 10 días el pago del Impuesto sobre la venta (ISV) de las empresas que no estén operando al finalizar el estado de emergencia. Las medidas de Alivio económicas de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros otorgan igualmente un periodo de gracia fijo hasta el 30 de junio con una serie de beneficios crediticios y la posibilidad de readecuar sus fechas de pagos.

Ambos instrumentos de alivio dan el mismo periodo de gracia con una fecha de terminación fija. ¿Qué garantiza que las empresas tengan la liquidez suficiente, luego de pagar a sus empleados, para hacer frente a la carga tributaria y a las deudas bancarias en ese momento o en un futuro próximo? Más que una fecha estática se puede utilizar una aproximación regulatoria inteligente basada en la teoría de regulación de respuesta. El objetivo de la estrategia es que el plan de pago de las empresas no sea establecido únicamente por el gobierno, sino una individualización del plan, otorgando facultades a las empresas de auto-regularse y buscando a la vez los intereses de terceros (bancos y proveedores).

Lo anterior se traduce en que el gobierno le da la posibilidad a las empresas de diseñar un plan de pago conforme a su situación económica y a su deuda privada. En dicho plan se muestra las obligaciones bancarias ya readecuadas así como con proveedores y empleados. La empresa hace una propuesta formal al gobierno de un plan de pagos real y adecuado a su situación real. De esta manera cumple pagando a sus acreedores y diluye su obligación tributaria en pagos que su liquidez permita.

La empresa actúa como auto-regulador, el gobierno por su parte aprueba el plan de pago de la carga tributaria propuesto por la empresa, donde está plasmada su realidad financiara. La aprobación puede llevarse a cabo por el Servicio de Administración de Rentas (SAR) o la Secretaria de Desarrollo Económico.

Con esta estrategia se pueden proteger los intereses de la empresa que podrá hacer frente a su deuda con el sector financiero a la vez que se pondrá al día con sus obligaciones tributarias de manera gradual. El gobierno conserva su rol regulatorio supervisando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y protege los intereses de terceros.

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