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Te invitamos a que le des retroalimentación a esta propuesta!

https://forms.gle/aTi8nz1i6XpDxpSc9

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En la actualidad, el poder ejecutivo insta a la empresa privada a reinventarse mediante la implementación de teletrabajo, sin embargo, la administración pública aun no implementa completamente en sus procedimientos el teletrabajo. La operación de la empresa privada, conlleva una interacción con la administración pública, ya que debe cumplir diferentes normas y procedimientos legales que le permiten, entre otras cosas, iniciar operaciones y/o mantener operaciones de manera ininterrumpida, para evitar multas y/o sanciones por incumplimiento de la Ley.

Esta semana, el Gobierno Central hizo lanzamiento del Gobierno Digital de Honduras, manifestando entre sus acciones la integración de una mesa de trabajo para simplificar trámites dando prioridad a acciones por medio de Gobierno Digital. Por lo tanto, se propone la identificación de los procedimientos que son necesarios para habilitación y operación del sector MIPYME y COHEP (según el rubro de sus agremiados), esto con el objetivo de priorizar la habilitación de dichos tramites (licencias, permisos, inscripciones, constancias, etc.) mediante medios electrónicos y lograr su simplificación durante la emergencia de Covid 19 y se sugiere también que prolonguen dichas medidas mínimo seis meses después de la emergencia. Concretamente, se propone a los integrantes del proyecto Gobierno Digital de Honduras tomar a consideración las siguientes acciones: 

  1. La identificación de los trámites administrativos habilitantes y recurrentes por parte de representantes del sector empresarial: MIPYME y COHEP, para su posterior consenso con la administración pública, con el objetivo de priorizar la habilitación de dichos tramites por medios electrónicos. 
  2. Todos los entes de la administración pública integren equipos de trabajo independientes para analizar y discutir el procedimiento de estos trámites administrativos, desde su solicitud hasta su resolución, con el objetivo de identificar formas de simplificación. Es de advertir que las reuniones de dichos equipos de trabajo puedan realizarse por medios electrónicos según el artículo 38, quinto párrafo que reforma la Ley de Firma Electrónica artículo 27 inciso d) de Ley de Auxilio a Sector Productivo.
  3. Solicitar al Instituto de la Propiedad que emita un pronunciamiento respecto al procedimiento de registro de personas designadas por entidades del sector público o privado como responsables de certificar las autorizaciones que correspondan adquiriendo carácter de fedatarios según lo establecido en el artículo 32, quinto párrafo reforma a la Ley de Firma Electrónica artículo 27 inciso B) de la Ley de Auxilio al Sector Productivo.  
  4. La unificación de criterio de las siguientes formalidades en el procedimiento de trámites administrativos, debiendo considerar: 
  • La actuación mediante Apoderado: El apoderado legal habitualmente acompaña carta-poder autorizada por Notario, debido a la situación la compra de auténticas es complicada y representa una exposición innecesaria. Por lo que se propone que durante la emergencia Covid 19, se tome como válida declaración escrita certificada por persona designada y registrada en el Instituto de la Propiedad.   
  • Requisito de documentos y autenticación de los mismos: Los documentos requeridos para dichos trámites administrativos deberán ser mínimos y en cumplimiento a la Ley de Simplificación Administrativa. Adicionalmente, se propone que se permita subsanar la incorporación de ciertos documentos posterior a la emisión de Resolución Favorable quedando condicionado que de no cumplir procederá su revocación.  En aquellos casos que sea posible validar la documentación en plataformas del estado, se propone obviar requisito adicional de auténtica, por ejemplo, fotocopia de constitución y modificación pueden ser validadas en línea en el Registro Mercantil. En el caso del resto de los documentos, se propone durante el tiempo de la emergencia de Covid 19, el acompañamiento de una declaración jurada que detalle documentos acompañados y declare que son copia idéntica a su original, debiendo ser certificada por persona designada y registrada en el Instituto de la Propiedad. 
  • El pago de impuestos, tasas y contribuciones: Todos los entes de la administración pública emitan un comunicado de las cuentas (se propone habilitar en todos los bancos) que correspondan para el pago de impuestos, tasas y contribuciones por cualquier medio de pago electrónico que equivaldrá al pago de un TGR en formato electrónico que nacen de dichos trámites administrativos, debiendo evaluar algún tipo de incentivo.
  • La creación de un servicio de consulta en línea: A raíz de la emergencia, han entrado en vigencia diferentes disposiciones legales de las cuales no existe claridad en su aplicación y procedimiento, proponiéndose un servicio de consulta en línea por cada ente de la Administración Publica.

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